LEGISLACION LABORAL ¿REVOLUCIONARIA? EN VENEZUELA
Desde hace algunos años se encuentra en discusión y revisión una nueva legislación laboral en Venezuela.Algo necesario e imprescindible para lograr un verdadero "contrato social" mas justo y digno para todos y todas quienes ofrecemos nuestra fuerza e intelecto bajo dependencia ajena, fundamentalmente.
Si se considera que estamos en un "PROCESO REVOLUCIONARIO", esos cambios no deben estar circunscritos dentro del contexto de las premisas y formulismos acostumbrados hasta ahora; sin animso de redundar, dene ser verdaderamente "REVOLUCIONARIOS".
Dentro del contexto de la Homonatropía se plantean algunos puntos a considerar:
- El contrato de trabajo no debería ser personal, es decir, "intuitu personae", disculpen el desconocimiento del latín, pero debería ser familiar, que dicho empleo abarque tanto a la persona seleccionada para ocupar un cargo como a su coyugue e hijos, procurando darles protección a todos los miembros de la familia a traves de las diferentes instancias privadas y públicas de el país.
- Considerar los "artículos laborales verdes" desarrollados, a manera de ejemplo en un artículo anterior de este block.
- Promover la acción de nuevas ideas a través de la aplicación de la PLANIFICACIÖN DE LA INTENCIÖN HUMANA, planteada en este blok.
otra premisa que debería ser considerada es eliminar los organigramas verticales como modo de distribución socio laboral en las organizaciones, sobre todo públicas, y las privadas; se debe procurar reducir las distancias dentro del hecho laboral
Estas por abordar algunas consideraciones que serían convenientes revisar antes de promulgar una nueva Ley orgánica del trabajo, esta, en Venezuela, debería ser "REVOLUCIONARIA" lo cual podría leerse asi: NUEVA LEY REVOLUCIONARIA Y ORGÁNICA DEL TRABAJO EN VENEZUELA
Si se considera que estamos en un "PROCESO REVOLUCIONARIO", esos cambios no deben estar circunscritos dentro del contexto de las premisas y formulismos acostumbrados hasta ahora; sin animso de redundar, dene ser verdaderamente "REVOLUCIONARIOS".
Dentro del contexto de la Homonatropía se plantean algunos puntos a considerar:
- El contrato de trabajo no debería ser personal, es decir, "intuitu personae", disculpen el desconocimiento del latín, pero debería ser familiar, que dicho empleo abarque tanto a la persona seleccionada para ocupar un cargo como a su coyugue e hijos, procurando darles protección a todos los miembros de la familia a traves de las diferentes instancias privadas y públicas de el país.
- Considerar los "artículos laborales verdes" desarrollados, a manera de ejemplo en un artículo anterior de este block.
- Promover la acción de nuevas ideas a través de la aplicación de la PLANIFICACIÖN DE LA INTENCIÖN HUMANA, planteada en este blok.
otra premisa que debería ser considerada es eliminar los organigramas verticales como modo de distribución socio laboral en las organizaciones, sobre todo públicas, y las privadas; se debe procurar reducir las distancias dentro del hecho laboral
Estas por abordar algunas consideraciones que serían convenientes revisar antes de promulgar una nueva Ley orgánica del trabajo, esta, en Venezuela, debería ser "REVOLUCIONARIA" lo cual podría leerse asi: NUEVA LEY REVOLUCIONARIA Y ORGÁNICA DEL TRABAJO EN VENEZUELA
Comentarios
Publicar un comentario