PROYECTO DE LEY DE RECICLAJE EN VENEZUELA
PREPARADA POR: ESTUDIANTES Y PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
INTRODUCCION
Dada la complejidad y las tecnologías actuales, aunado a la
sociedad de consumo impuesta por los anti-valores que induce el sistema
económico imperante (capitalismo salvaje); se ha generado una creciente
necesidad de resolver la problemática originada por la disposición final de
los, mal llamados: desechos sólidos, residuos o basura, (no son más que
Recursos Artificiales recuperables) que contaminan cada vez más a el planeta,
deteriorando el ecosistema (nicho ecológico).
Es así como surge la oportunidad en nuestro país, mal
llamado Sub – desarrollado, se propone el estudio de los sub. -productos
(Recurso Artificial recuperable, RAR) y reutilizarlos productivamente en aras
del despegue tecnológico, económico y cultural del mal llamado tercer mundo;
aprovechando las salidas no controladas del sistema capitalista imperante,
dotando de otra herramienta de liberación a nuestros pueblos.
La arquitectura de reciclaje y los sistemas constructivos
abiertos son una de las tantas fórmulas para darle valor agregado a los (RAR)
por parte de las comunidades populares organizadas, rompiendo paradigmas y
conduciendo a los pueblos a la liberación de la opresión capitalista y al mismo tiempo
resolviendo los graves problemas ocasionados al ecosistema por el mal manejo de
estos “RECURSOS” despreciados.
Palabra clave: autogestión popular
EL RECURSO ARTIFICIAL RECUPERABLE
…una oportunidad para la transformación social en nuestro tiempo…
Una salida no controlada del sistema, como lo es el
aprovechamiento , manejo, clasificación
y reciclaje de los RAR , representa una oportunidad de desarrollo
alternativo , cónsono con la REVOLUCIÓN
BOLIVARIANA Y SOCIALISTA DEL SIGLO XXI.
Una de las cuestiones básicas a tomar en cuenta hoy en día
es el CADA VEZ MENOR ESPACIO , que les
queda a los Países (mal llamados) Desarrollados y Hegemónicos, quienes no dudan
a la hora de IMPONER EL INTERCAMBIO
DESIGUAL: bienes de la naturaleza por transferencia tecnológica, el cual en
muchos casos no cubre las expectativas;, la transferencia de conocimientos y los efectos de incorporar tecnología y
desarrollo (en el buen sentido de la palabra) en los países mal llamados “del
tercer mundo” o “en vías de desarrollo” , es cada vez más incierta.
Paradójicamente, el agotamiento cada vez mayor, de los
bienes de la naturaleza, resaltando los generadores de energías tradicionales
se hace cada vez más evidente.Produciéndose en consecuencia un inminente proceso
de reversión entre los actuales polos de poder (imperio hegemónico) y países
periféricos (mal llamados sub-desarrollados).
Es así como se plantean nuevas oportunidades de lucha en
nuestros países periféricos “sub-desarrollados”.
Esto es:
El SUB-CONSUMO O CONSUMO ALTERNATIVO
Está orientado, principalmente, al rescate y re-uso de los
RECURSOS ARTIFICIALES RECUPERABLES, por
parte de las comunidades de menores recursos, pero susceptibles de
auto-organizarse .
DE EL TRATAMIENTO DE LOS SUB-PRODUCTOS:
Aquellos elementos o productos, que, por no tener un valor
utilitario, en los procesos Tecnológicos de Elaboración de productos básicos,
los cuales son desechados, bien sea en el control de calidad o por consumo
convertidos en (RAR), basura, vienen a representar SALIDAS NO CONTROLADAS DEL
SISTEMA económico imperante con un bajo o nulo valor de cambio. A pesar de esta
condición, se puede transformar para alargar el valor de uso; esta condición
permite que el (sub-producto) prolongue su “vida útil” dentro del PATRÓN DE
CONSUMO y trasladarlo de un VALOR DE USO a otro; (no estipulado a la fecha como
MERCANCÍA en el mercado capitalista) su valor de cambio disminuye
considerablemente.
Esta particularidad da como resultado una oportunidad de
optimizar tecnologías y patrones de consumo tradicionales que; al ser
revertidos y operados directamente por las comunidades de bajos recursos, pero
organizadas, constituyen una oportunidad de cambio, asimilación de tecnologías
alternativas y desarrollo socio-económico; tal y como se está hoy en día
orquestando en la República Bolivariana de Venezuela en el proceso de
Revolución Socialista del siglo XXI.
Lo cual nos permite avizorar posibilidades de desarrollo Y/O
asimilación tecnológica por vías distintas (alternativas) del MODELO ECONÓMICO,
a pesar del impuesto por el orden hegemónico mundial (capitalismo neoliberal).
LOS MECANISMOS DE PRODUCCIÓN Y RELACIÓN ENTRE LOS CIUDADANOS
INVOLUCRADOS EN DICHA ELABORACIÓN DE PRODUCTOS ES DE VITAL IMPORTANCIA DADO QUE
, SI EN LAS CADENAS DE ELABORACIÓN SE REPRODUCE EL MISMO FRACTAL DE PRODUCCIÓN
PIRAMIDAL CAPITALISTA CON LA CONSABIDA EXPLOTACIÓN , Y LA UTILIZADCION DE
MECANISMOS Y TECNOLOGÍAS QUE GENEREN RAR,
YA NO ESTAREMOS AVANZANDO Y CAEREMOS SIN
REMEDIO DE NUEVO EN LOS VIEJOS ESQUEMAS , DANDO AL TRASTE CON EL
OBJETIVO PRINCIPAL DE LA OPORTUNIDAD DE CAMBIO QUE NOS BRINDA EL RECICLAJE DE RECURSOS ARTIFICIALES RECUPERABLES, EN
CUANTO A APROVECHAR LAS SALIDAS NO CONTROLADAS DEL SISTEMA ECONÓMICO IMPERANTE.
A TAL EFECTO Y EN ARAS DE LA ELABORACIÒN DE UNA LEY ORGÀNICA
DE RECICLAJE CÒNSONA CON ESTOS PRINCIPIOS ÈTICOS VENTILAREMOS ASPECTOS COMO:
LOS DESECHOS SÓLIDOS.
(RECURSOS ARTIFICIALES RECUPERABLES)
LOS SUB-PRODUCTOS, SU
REUTILIZACIÓN Y CLASIFICACIÓN, TABLA DE RECICLAJE.
EL RECICLAJE, EL
SANEAMIENTO AMBIENTAL. EL PROBLEMA DE
LA BASURA (rar) Y LAS CONDICIONES DE VIDA EN LOS CENTROS URBANOS.
TRABAJOS DE LABORATORIO, FABRICACIÓN Y PRUEBAS CON
PROTOTIPOS EN RECICLAJE. COMPONENTES Y PRODUCTOS ALTERNATIVOS.
El reciclaje, la autogestión y la auto gerencia de la
comunidad como motor de despegue
económico y cultural del tercer mundo.
El reciclaje social y
el reciclaje industrial como yuxtapuestos y dentro de diferentes políticas
económicas.
Los barrios-escuela y el reciclaje social. La Arquitectura
de reciclaje, el saneamiento Ambiental, el problema de la basura y la calidad
de vida en los centros urbanos.
La tecnología
popular, los Comités de tierra urbana , los Consejos Comunales, las Comunas y la autosuficiencia alimentaria
del tercer mundo.
Están previstas incluso estrategias de financiamiento a
través de formas de autogestión así como también la adecuación de tecnologías
de reciclaje y alternativas cónsonas con el nivel de capacitación de los
recursos humanos (LAS PERSONAS) de países en vías de desarrollo como el
nuestro.
En resumen, lo que se
pretende es crear los mecanismos socioeconómicos y culturales que conduzcan a
Venezuela, Latinoamérica y el Tercer Mundo en general hacia una política de
desarrollo propias y adecuadas a nuestra idiosincrasia, nuestras capacidades y
nuestro momento histórico, sencillamente con modos de desarrollo propios,
autónomos y adecuados a nuestra propia identidad. Dando pie a la formación
dentro de LOS CONSEJOS COMUNALES a nuevas formas autogestionarias de producción
colectiva; tal y como lo son:
LAS PLANTAS DE RECICLAJE
Se pretende en estos espacios darle valor agregado cambio y
de uso a los residuos sólidos, (RAR), esto propiciaria la POSIBILIDAD DE
DESARROLLOS ALTERNATIVOS E INDEPENDIENTES DEL MERCADO MUNDIAL OPERANTE,
permitiendo mayor libertad de crecimiento productivo a LAS NUEVAS COMUNIDADES
ORGANIZADAS (COMUNAS) y la SOCIEDAD NACIENTE EN NUESTROS PAISES, coadyuvando al
despegue económico de las NUEVAS
ESTRUCTURAS SOCIALES y colaborando al mismo tiempo en la solución de problemas
tan graves como LA CLASIFICACIÓN, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE LA BASURA
RESIDUOS SÓLIDOS Y/O SUB-PRODUCTOS, (RECURSOS ARTIFICIALES RECUPERABLES).
METODOLOGÍA DE ACCIÓN
-
CLASIFICAR EN BOLSAS PLASTICAS DE COLORES, SUMINISTRADAS POR LAS
EMPRESAS SOCIALES DE RECOLECCIÓN, LOS RAR DESDE SU ORIGEN, ES DECIR, LOS
COMERCIOS, HOGARES, HOSPITALES (CASO ESPECIAL: RAR TÓXICOS O RESTOS HUMANOS) O
CUALQUIER ACTIVIDAD QUE GENERE DESPERDICIOS DEBERÁN PRE-CLASIFICARLOS Y
COLOCARLOS EN BOLSAS DE DISTINTOS COLORES SEGÚN SEAN:
A – PLÁSTICOS
B - PAPEL
C - VIDRIO
D - METAL
E - ORGÁNICOS
Y LOS CARTONES DOBLADOS Y ATADOS CON MECATILLO.
- UNA VEZ
LLEGADOS A LAS DIFERENTES PLANTAS DE RECICLAJE ESTRATÉGICAMENTE UBICADAS EN LAS
DIFERENTES COMUNAS SE GENERAN LAS DIFERENTES RUTINAS DE TRANSFORMACION Y
PRODUCCIÓN DE OBJETOS OBTENIDOS DEL RECICLAJE
El empoderamiento de
las bases populares a través de mecanismos de autogestión y productividad no
dependiente del poder hegemónico , la autogestión y la relación igualitaria
entre los países así como las relaciones armónicas, justas e igualitarias entre
los participantes en las cadenas productivas de reciclaje es uno de los motores
básicos de nuestra Revolución Bolivariana (Socialismo del Siglo XXI), y es por
esto que las plantas de reciclaje deben funcionar respetando estos vínculos de
paridad y solidaridad entre los ciudadanos que laboren en el.
Hasta aquí un primer
esbozo de lo que serán las plantas de reciclaje como un aporte al proceso de
cambio operado a través de las actuales políticas revolucionarias del
Socialismo Bolivariano del Siglo XXI , esta vez en el área de la recuperación
de los ( rar ) y el saneamiento ambiental visto desde una óptica endógena y
autogestionaria.
PROPUESTA DE UNA LEY ORGÁNICA DE RECICLAJE
- NOTA.
Todo lo tratado anteriormente, necesariamente, conduce a la propuesta de una
LEY ORGÁNICA que establezca los controles y mecanismos reales conducentes a la
puesta en práctica y operatividad de los procesos de reciclaje de los RAR
operados desde las plantas de reciclaje en las comunas o comunidades base.
- Todos
lo considerado hasta ahora como: Basura, desecho, desperdicio o cualquier otra
condición, salvo en los casos que realmente no representen alguna utilidad,
serán considerados: RECURSOS ARTIFICIALES RECUPERABLES
- La
condición de: “RECURSO” otorgada a los seres humanos y a la naturaleza “RECURSO
NATURAL RECUPERABLE” se traspola por:
seres humanos, personas, y naturaleza
- Todo lo
extraído de la naturaleza será considerado: BIENES DE LA NATURALEZA
- Todo
producto obtenido del procesamiento de RAR es considerado un subproducto
(LA RAZON DEL CAMBIO DE NOMBRES O IDENTIFICACION DE
ELEMENTOS O ACTORES INVOLUCRADOS, ES CON LA FINALIDAD DE EVITAR LA CONDICION DE
“OBJETO” O “COSA UTIL” OTORGADA POR EL SISTEMA CAPITALISTA, LO CUAL LE PERMITE
EL USO Y ABUSO DE LOS MISMOS PARA ALCANZAR SUS OBJETIVOS Y DESECHARLOS SEGÚN SU
CONVENIENCIA)
PROPUESTA:
LEY ORGANICA DE RECICLAJE
DISCUTIDA Y ELBORADA POR ESTUDIANTES Y DOCENTES DE LA
UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Coordinador: Prof. Alvaro Vivas
CAPITULO I
ORIGEN DEL RECURSO ARTIFICIAL RECUPERABLE Y SU RECOLECCION Y
PRECLASIFICACION
ARTICULO 1.- Todo aquello considerado: desecho, residuo,
desperdicio o basura será contemplado por esta ley como: RECURSO ARTIFICIAL
RECUPERABLE, lo cual le otorga un valor de uso y de cambio prolongado,
permitiendo desarrollar una economía más humana y dirigida a proteger la naturaleza.
ARTICULO 2.- EL RECURSO ARTIFICIAL RECUPERABLE (BASURA,
DESECHOS O DESPERDICIOS) DEBE SER PRE SELECCIONADOS O CLASIFICADOS, DESDE LAS,
VIVIENDAS, COMUNIDADES, COMERCIOS Y OTROS ESTABLECIMIENTOS QUE LA GENEREN, CON
LA FINALIDAD DE SER PROCESADO Y OBTENER UN SUB PRODUCTO
ARTICULO 3.- EL RAR
SERÁ CLASIFICADO EN LOS SIGUIENTES SUB GRUPOS:
· RECURSO
ARTIFICIAL RECUPERABLE ORGÀNICO (RESTOS DE COMIDA, RESTOS VEGETALES, ETC)
. RECURSO
ARTIFICIAL RECUPERABLE INORGANICO (VIDRIO, PLASTICO, CARTON, METAL, PAPEL)
PARÁGRAFO UNO: CADA RECURSO SE DEBE TRATAR SEGÚN SUS
CONDICIONES O CARACTERÍSTICAS FÍSICAS, POR EJEMPLO: EL CARTON EL CUAL DEBE SER
EMPAQUETADO O DISPUESTO PARA SU TRASLADO Y PROCESAMIENTO CON AMARRES O
SUJETADORES QUE PERMITAN SU FACIL MANIPULACIÓN.
PARÁGRAFO DOS: LOS RAR TÒXICOS INDUSTRIALES U HOSPITALARIOS
O DE CUALQUIER OTRO ORDEN, NOCIVOS PARA LA SALUD, SERÀN OBJETO DE RECOLECCIÒN
ESPECIAL SEGÙN SEA EL CASO Y LAS NORMAS DE MANEJO QUE ASÌ LO DETERMINEN Y SU
DISPOSICIÓN SEGÚN LO CONVENIDO POR LAS NORMAS SANITARIAS
ARTICULO 4.- EL
ESTADO ES EL PRINCIPAL ENTE RECTOR EN LA APLICACIÓN DE ESTA LEY, Y LAS EMPRESAS
PRIVADAS DEBEN COMPLEMENTAR LAS TAREAS DEL ESTADO ADEMAS DE PROPICIAR LOS
ELEMENTOS SISTEMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA CLASIFICACION Y DISPOSICION DE SUS
RAR
1. LOS
DESECHOS DEBEN SALIR DESDE SU ORIGEN O EMPACADOS SEGÚN SU CLASIFICACION
ESTIPULADA EN EL ARTICULO 3, CON LA DEBIDA CLASIFICACION, ORGANICOS O
INORGANICOS
2. LA
DISPOSICIÒN FINAL SE DEBE SER REALIZADA EN BOTES O DISPOSITIVOS ACONDICIONADOS
PARA TAL FIN, TALES COMO: CONTENEDORES O EN BOLSAS.
3. QUEDAN
EXCEPTUADOS LOS DESECHOS TÒXICOS Y RESTOS HOSPITALARIOS
4. PARA LOS
RAR PRODUCTO DE: OBRAS, DEMOLICIONES U OTROS DEBEN SER CLASIFICADOS Y TRANSPORTADOS
A LOS LUGARES DONDE SE PROCESARÁN Y OBTENDRAN SUBPRODUCTOS PARA SU REUSO
5. LOS RAR
PRODUCTO DE: DESMALEZAMIENTOS O TALAS DEBEN SER DISPUESTOS PARA LA PRODUCCION
DE ABONO EN LUGARES PREVIAMENTE INDICADOS
6. LOS
MOVIMIENTOS DE TIERRA, DEBEN SER PRECLASIFICADOS SEGÙN SU TIPO, Y DEBEN SER
DISPUESTOS EN LOS LUGARES INDICADOS PARA SU PROCESAMIENTO
ARTICULO 5.- CON LA FIANLIDAD DE LOGRAR UN SISTEMA OPTIMO DE
RECOLECCION Y PROCESAMIENTO DEL RECURSO ARTIFICIAL RECUPERABLE, ESTE DEBE SER
DEPOSITADO EN DISPOSITIVOS DE COLORES, SEGÚN SEA EL CASO, DESDE SU ORIGEN
(DOMESTICO O INDUSTRIAL) SIGUIENDO LA SIGUIENTE PAUTA DE COLORES:
A.- RAR ORGÀNICOS
(VERDE)
B.- RAR PLÀSTICOS
(AZUL)
C.- RAR VIDRIO
(BLANCA O DISPOSITIVOS SEGUROS PARA SU TRANSPORTE SEGÚN LA CANTIDAD)
D.- RAR METALICO
(GRIS O RECIPIENTES ADECUADOS PARA SU TRASLADO Y PROCESAMIENTO)
E.- PAPEL (MARRÒN)
ARTICULO 6.- EL TRANSPORTE MASIVO DEBE SER REALIZADO DESDE
LOS CENTROS DE ACOPIO PREVIAMENTE DETERMINADOS Y ACONDICIONADOS EN LAS
COMUNIDADES, EN LAS CALLES O AVENIDAS.
PARAGRAFO ÚNICO. – SE PROPICIARA LA SELECCIÓN,
ADIESTRAMIENTO Y APOYO DE PARTE DEL ESTADO,
PERSONAS QUE SE DEDIQUEN A LA RECOLECCION DE RAR POR SU CUENTAMCON LA
FINALIDAD DE APOYAR Y PROPICIAR LA RECUPERACION DE PERSONAS QUE SE ENCUENTREN
EN SITUACION DE CALLE
ARTICULO 7.- LA RECOLECCIÓN MASIVA DEBE SER REALIZADO POR
EMPRESAS RECOLECTORAS PRIVADAS, DEL ESTADO, O DE PROPIEDAD SOCIAL, LAS CUALES
DEBEN SER ACONDICONADAS SEGÚN EL TIPO DE RAR A TRANSPORTAR
ARTICULO 8.- LAS RUTAS DEBEN SER TRAZADAS, PREVIAMENTE, POR
LA COORPORACIÒN DE SERVICIOS, A LOS CENTROS O PLANTAS DE PROCESAMIENTO Y RECICLAJE,
SEGÙN SE ESPECIFIQUE EN FUNCIÒN DE LAS QUE ESTÈN OPERANDO EN CADA SECTOR Y EL
MATERIAL ESPECÌFICO A PROCESAR
9 .- TODAS LAS PLANTAS DE PROCESAMIENTO Y RECICLAJE DE RAR
DEBEN ESTAR UBICADAS ESTRATEGICAMENTE PARA FACILITAR SU TRANSPORTE Y CREAR LAS
MISMAS SEGÚN EL TIPO DE RAR A PROCESAR
ARTICULO 10.- QUEDA PROHIBIDO DEPOSITAR O DESECHAR CUALQUIER
TIPO DE RECURSO ARTIFICIAL RECUPERABLE, SALVO EN LOS CASOS QUE SE PRESUMA
CONTAMINACION O LA PRESENCIA DE AGENTES TÓXICOS PARA LA SALUD, EN ESTOS CASOS
EL ESTADO DISPONDRÁ DE DICHOS RAR
ARTICULO 11.- SE DEBEN CREAR LAS CONDICIONES NORMAS O
PROCEDIMIENTOS PARA ELIMINAR O REDUCIR LOS RELLENOS SANITARIOS, BOTADEROS O
CUALQUIER OTRA FORMA DE DEPOSICION DE RAR EXISTENTES EN EL PASADO RECIENTE,
DEBIOD A QUE LOS MISMOS MANTIENE FOCOS CONTAMINANTES PERMANENTES.
ARTICULO 12.- SE
DEBEN IMPARTIR CHARLAS CURSOS Y OTROS CON LA FINALIDAD DE EDUCAR A LAS
COMUNIDADES ORGANIZADAS, COLEGIOS, UNIDADES DE PRODUCCIÒN Y/O COMERCIOS E
INSTITUCIONES DEL ESTADO EN LO RELATIVO A ESTA LEY Y SU APLICACIÓN.
ARTICULO 13.- SE DEBEN DESARROLLAR PEQUEÑAS PLANTAS
PROCESADORAS DE PAPEL EN LAS COMUNIDADES CON LA FINALIDAD DE CREAR FUENTES DE
EMPLEO, DICHAS PLANTAS DEBEN CONTAR CON SISTEMAS QUE NO CONTAMINEN EL AMBIENTE,
O MINIMIZARLO, ADEMAS DE POSEER PLANTAS GENERADORAS DE ENERGIA ELECTRICA A
PARTIR DE ENERGIAS ALTERNATIVAS O BIODIGESTORES
ARTICULO 14.- LAS
PLANTAS DE RECICLAJE DEBEN SER OPERADAS POR COMUNIDADES ORGANIZADAS,
COOPERATIVAS OBRERAS, COMUNAS, CONSEJOS COMUNALES , UNIDADES DE PRODUCCIÒN
SOCIAL O UNIDADES DE PROPIEDAD SOCIAL , EVITANDO EL MONOPOLIO O EL BENEFICIO
DEL CAPITAL INDIVIDUAL; ESTAS EMPRESAS DEBEN SER DE CARÀCTER SOCIAL CUYO
OBJETIVO ES DARLE VALOR AGREGADO A LOS SUB PRODUCTOS QUE SE OBTIENEN DE LA
CLASIFICACIÒN Y PROCESAMIENTO DE LOS RAR Y SU TRANSFORMACIÒN EN NUEVOSPRODUCTOS
ARTICULO 15.- LA RECOLECCION Y EL TRANSPORTE DEL RAR, HASTA
LAS PLANTAS DE RECICLAJE.EL COSTO DEL TRANSPORTE SERÁ ABSORBIDO POR EL ESTADO,
EN EL CASO DE LA RECOLECCION PRIVADA DEBE REALIZAR SU TRABAJO SIN COSTO PARA EL
APORTADOR DEL RAR DEBIDO A QUE ESTE SERA COMERCIALIZADO EN LAS PLANTAS DE
RECICLAJE; EN LOS CASOS DE RAR DE GRAN TAMAÑO O DIMENSIONES SOBRESALIENTES O
POR SU PESAJE SEAN DE DIFICIL TRANSPORTE INTERVENDRAN TANTO EL ESTADO COMO LAS
EMPRESAS PRIVADAS
CAPITULO II
DEL FINANCIAMIENTO DE LAS PLANTAS PROCESDADORAS,
COMERCIALIZACION DE LOS RAR Y CONTRATACION DEL PERSONAL
ARTICULO 16.- LA
INFRAESTRUCTURA, EL FINANCIAMIENTO DE LOS COSTOS INICIALES Y EL PROYECTO, SEGÙN
CADA TIPO DE PRODUCCIÒN ESPECÌFICA, EQUIPOS Y HERRAMIENTAS DE LAS PLANTAS DE
RECICLAJE CONSTRUIDAS SERÀN AVALADOS, MONITOREADOS Y COSTEADOS POR EL ESTADO A
TRAVÈS DE LA APROBACIÒN DE CRÈDITOS SOCIO PRODUCTIVOS A LAS UNIDADES DE
PRODUCCIÒN SOCIAL ORGANIZADAS DEBIDAMENTE CAPACITADAS Y CERTIFICADAS PARA
OPERARLAS.
ARTICULO 17.- DE LA PRODUCTIVIDAD Y BENEFICIOS DE LAS
PLANTAS DE RECICLAJE. INDEPENDIENTEMENTE DEL PRODUCTO OBTENIDO, SERÀN DE
BENEFICIO COLECTIVO, INCLUYENDO LOS ESTABLECIMIENTOS E INSTITUCIONES QUE
RECICLEN CUALQUIER RECURSO ARTIFICIAL RECUPERABLE
ARTICULO 18.- EL
PERSONAL QUE LABORA EN LAS PLANTAS PROCESADORAS DEL RECURSO ARTIFICIAL
RECUPERABLE, DEBE SER DE LA COMUNIDAD INMEDIATA, SERAN PARTE DE LA NÒMINA
OFICIAL DE ESTOS ESTABLECIMIENTOS
ARTICULO 19.- LA
CONTABILIDAD, ADMINISTRACION Y ORGANIZACIÓN DE ESTOS CENTROS DE TRABAJO
COMUNITARIOS, DEBEN PROPICIAR LAS NORMATIVAS, CONTROLES Y MEDIDAS NECESARIAS
RELATIVAS A SUELDOS SALARIOS Y PAGOS DE INSUMOS, GASTOS Y OTROS, SEGÚN LAS
CONDICIONES Y NECESIDADES QUE CONSIDEREN NECESARIAS O ADAPTADAS A SUS
CONDICIONES Y REQUERIMIENTOS PROCURANDO SU INCLUSION EN EL MERCADO Y DETERMINAR
LAS FLUCTUACIONES DE LA OFERTA Y DEMANDA.
ARTICULO 20.- LOS
COSTOS DE INSUMOS Y PROCESAMIENTO ESTÀN
POR DEBAJO DE LOS COSTOS DE MERCADO SI SE ADQUIRIERA EL PAPEL A TRAVÈS DEL
SUMINISTRO ORDINARIO. IGUAL PROCEDIMIENTO SE APLICARÀ EN LAS COMUNIDADES
ORGANIZADAS CUANDO SE TRATE DE:
CAPITULO III
DE LAS RESPONSABILIDADES Y
SANCIONES
ARTÍCULO 21.- LA
CREACION, ESTRUCTURACION Y ESTABLECIMIENTO DE ESTE SISTEMA DE CLASIFICACION,
TRANSPORTE, Y PROCESAMIENTO DEL RECURSO ARTIFICIAL RECUPERABLE, DEPENDE
DIRECTAMENTE DEL ESTADO Y DE LAS EMPRESAS PRIVADAS, COMO PRINCIPALES
GENERADORAS DE ESTE RECURSO Y ESTAN OBLIGADOS U OBLIGADAS A:
- CREAR Y
MANTENER UNA INFORMACION PERMANENTE SOBRE LOS ALCANCES, BENEFICIOS Y TODO LO
RELACIONADO CON LA CREACION DE ESTE SIETEMA CON LA FINALIDAD DE CONCIENTIZAR LA
POBLACION EN GENERAL
- DEBEN
PROPICIAR UN CONTROL Y SEGUIMIENTO PERMANENTE PARA EVITAR DESVIACIONES
ARTICULO 22.- TANTO LA COMUNIDAD DOMO LAS EMPRESAS PUBLICAS
Y PRIVADAS, COMERCIOS EN GENERAL ESTAN OBLIGADOS A CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LAS
NORMAS ESTABLECIDAS PARA LOGRAR LAS METAS ESTABLECIDAS, EN CASO CONTRARIO,
SERÀN OBJETO DE AMONESTACIONES Y MULTAS SECUENCIALES INCREMENTADAS SEGÙN LA
RECURRENCIA DE LA INFRACCIÒN SEGUN
DECIDIDAN E IMPONGA EL ESTADO.
LAS PENAS SE PUEDEN CLASIFICAR DE LA SIGUIENTE MANERA:
A.- TRABAJO SOCIAL COMUNITARIUO
B.- MULTA PECUNARIA
ARTICULO 23 .- LAS
EMPRESAS DEL ESTADO, PRIVADAS, COMERCIOS DE CUALQUIER DIMENSION ESTAN OBLIGADOS
POR ESTA LEY A ELIMINAR LA DEPOSICION DE AGUAS SERVIDAS. LA EXPULSION DE HUMO
Y/O POLVO Y CUALQUIER OTRO ELEMENTO CONTAMINANTE, LAS ORGANIZACIONES
INVOLUCRADAS DIRECTAMENTE CON ESTE ARTICULO, Y NO CUMPLAN, DEBEN CANCELAR
MULTAS QUE LAS DETERMINARA LA COMUNIDAD JUNTO A LAS INSTITUCIONES DEL GOBIERNO
COMO LA DEFENSORIA DEL PUEBLO Y OTROS ORGANISMOS INVOLUCRADOS, QUIENES,
EN CONJUNTO DETERMINARAN LAS MEDIDAS CORRECTIVAS A APLICAR
CAPITULO IV
DE LA EDUCACION AMBIENTAL
ARTICULO 24.- DEBIDO A LA IMPORTANCIA VITAL PARA LA
EXISTENCIA MISMA DEL SER HUMANO Y LA NATURALEZA EL ESTADO DEBE CREAR Y
MASIFICAR UN SISTEMA DE EDUCACION AMBIENTAL CON LA FINALIDAD DE LOGRAR LA
CONCIENCIA REQUERIDA ENN RELACION A ESTE TEMA DE IMPORTANCIA PARA LA HUMANIDAD
ARTICULO 25.- LAS EMPRESAS PRIVADAS Y DEL ESTADO,
EXTRACTORAS Y/O PROCESADORAS DE BIENES
DE LA NATURALEZA, ESTAN OBLIGADAS A
ESTABLECER UNA LEGISLACION RELATIVA A LOS EFECTOS DE SU ACCION SOBRE LA
NATURALEZA, DE IGUAL MANERA EDUCAR, INFORMAR O CAPACITAR SUS PERSONAL Y LAS
COMUNIDADES ALEDAÑAS
ARTÍCULO 26.- CON LA FINALIDAD DE ALCANZAR UN NIVEL OPTIMO
DE LA POLITICA AMBIENTAL INMERSA EN ESTA LEY SE DEBEN CREAR CENTROS PILOTOS DE
ACOPIO Y PROCESAMIENTO DEL RAR INDEPENDIENTEMENTE DE SU TIPO
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