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HOMONATROPIA HOLÍSTICA (parte 1)

El proceso de vida del ser humano está cargado de circunstancias fenómenicas producto de la acción de éste sobre si mismo y el medio ambiente que le circunda, este accionamiento ha generado su conocimiento, limitado, sobre si mismo y el todo a su lado.
Este proceso nos involucra a todos con el todo, esto nos permite obtener lo necesario y vivir; aunque no  aportamos lo necesario, esto a provocado una desorganización que nos obliga a  permanecer e interactúar, solo, bajo normas y leyes capaces de regular nuestra relación entre la gente y con el medio; a pesar de esto no nos damos cuenta que, las leyes de la naturaleza son tan sencillas que dan vida, las del hombre solo sirven para regular su vida.
Desde la aparición del hombre sobre el planeta, hemos aprendido a buscar en nuestro entorno lo necesario para vivir, este proceso influye en todos los grupos humanos, con las características propias de cada uno, desde la ciudad hasta las comunas indigenas, con un a gran diferencia, estos últimos mantienen su relación vital para vivir con la naturaleza, mientras tanto, los que habitamos las ciudades nos mantenemos alejados de ese entorno.
La Homonatropia es la particularidad cientifica, alternativa, en procura de un nuevo orden socio laboral enfocado hacia el rescate y protección de la naturaleza con la finalidad de redimensionar nuestra existencia y alcanzar un sistema de vida mas justo tanto para nosotros como para el ambiente natural.
Hemos vivido extrayendo los bienes de la naturaleza, supuestamente, con la finalidad de satisfacer nuestras necesidades, sin embargo, hemos olvidado las "necesidades" de la naturaleza, sirva esto como principio rector para la búsqueda de soluciones ante tantos planteamientos dirigidos a procurar mejores condiciones de vida; a pesar de los avances científicos - técnicos, supuestamente, se debería lograr un confort para todos.
La Homonatropia es el estudio de las relaciones entre los seres humanos con la naturaleza y el trabajo con la finalidad de reducir el impacto sobre el medio ambiente y alcanzar un balance que nos beneficie a ambos.
Este principio plantea "el hilo rector" que dirigirá los planteamientos de la homonatropia.
GENERALIDADES DE LA HOMONATROPIA
La Homonatropía nace y es una ciencia que puede ser calificada de: "social" aunque se involucra con aspectos tecnológicos y artesanales, destacando estos últimos como el principio etimológico y /o primario de las máquinas creadas y por crear.
Es considerada una ciencia al partir de la premisa, cierta, de que una ciencia no es más que el producto del accionar del ser humano en la naturaleza; es una emanacion de la naturaleza a partir de la acción humana en su entorno en la cual se concentra el aprendizaje y el conocimiento adquirido capaz de, fundamentalmente, de diferenciarlo del resto de los animales; La Homonatropía concentra todas las demás ciencias o técnicas creadas por el ser humano, son un cúmulo de conocimientos cuya única fuente es la naturaleza y la interacción del ser humano con su entorno en su proceso de adaptación y sobrevivencia. naturaleza es todo lo no creado por el ser humano.
La intervención de éste en su entorno le crea o fomenta habilidades y destrezas las cuales se traducen en acciones y herramientas capaces de ayudarle en su existencia y complementar sus extremidades con la finalidad de transformar su espacio vital y total permitiéndole proyectar y configurar ideas para "engranarlo" en un proceso evolutivo a través del cual se procura la seguridad, felicidad y tranquilidad del mismo.
las ciencias son consideradas especies de "parcelas" que se solapan y, aparentemente, diferenciadas una de otra, aun así, tienen un mismo origen y cuyo fin, supuestamente, es brindarle bienestar al ser humano.
en cuanto esta particularidad de las ciencas, la Homonatropía considera a todas las ciencias, artes, técnicas, ideologías, etc. Como un todo, cuyos fines deberían estar unificados para lograr el verdadero fin de su creación, el beneficio de la humanidad; dentro de la Homonatropía, una de sus bases es la Ecoergonomía la cual estudia las ciencias de manera unificada lejos de la concentración de poderes económicos cuya aplicación y estudio de las ciencias depende del mercado y de las conveniencias.
HOMBRE - NATURALEZA - TRABAJO
(aclarando que la referencia al hombre es de forma genérica considerándose a la mujer como elemento esencial y vital para la creación)
eésta fórmula es la base esencial de lo creado por el ser humano es a partir de su combinación desde donde se originan las creaciones conocidas y por conocer la humanidad; la naturaleza, la vida y las condiciones para su existencia probablemente no fueron creadas por Dios, pero fue un perfecto espectador... y las aprobó, es probable que en un futuro cercano, gracias a la inteligencia artificial, los ordenadores puedan identificar a su creador al ser humano, pero éste, probablemente nunca descubra o reconozca cual es su origen o creador.
La naturaleza y sus bienes, "Recursos" es vista y tratada como un gran "almácen" cuyo Stock se mide en barriles, toneladas métricas, etc. Y se determina a partir de allí, gracias a las prospecciones, la duración del mismo y su comportamiento en el mercado según la oferta y la demanda, luego de la extracción, transformación procesamiento y comercialización para el consumo y/ o uso del ser humano, destacándose los costos del producto en el mercado, en los cuales se sujetan a las necesidades del ser humano las cuales debe cubrir con su trabajo diario y esta particularidad humana entra también el juego de la oferta y la demanda.
Es innegable las diferencias entre nosotros y el resto de los animales, en cuanto a su forma de vida, manera de agruparse, aparearse y otras características diferenciadoras con estos y entre estos; al igual es innegable la pertenencia de todos al reino animal y a la naturaleza, sobre todo se debe destacar nuestra dependencia de todos y cada uno de ellos, incluyendo a las plantas; lo que se pretende con estas obesrvaciones es ver lo limitado de la vida, si, dependemos de un stock, éste se agota y se destruye la naturaleza; se debe destacar que se desconcen nuestros origenes y se teme por un final catastrófico mientras tanto los bienes de la naturaleza dependen de un mercado y sus exigencias pero la protección de ella depende de políticas; en el caso de agotarse estos bienes, la Homonatropía contempla al Turismo como la "industria" capaz de sostener a los seres humanos, laboralmente hablando, propiciando a su vez, el rescate, protección y mantenimiento de la naturaleza por ser ésta la principal razón para la existencia de esta actividad humana por exelencia, de igual manera, las llamadas energías alternativas: la solar y la eólica, el reciclaje, repotenciación y reuso de todo aquello considerado "obsoleto" por el mercado y el consumismo y todas las habilidades y destrezas del ser humano como "herramientas" suficientes para establecer una sociedad mundíal más justa con un mercado donde las políticas sean acondicionadas a ls necesidades y exigencias de la humanidad.
"2000 y más..." ¿cuántos?... imposible determinar, haciendo un rápido paseo por la historia de la humanidad desde la 1ra guerra mundíal hasta nuestros días, podría decirse que estas generaciones hasta la actual, han sido las más sometidas a presiones políticas, económicas, guerreristas, y otras, además y debiéndose destacar los eventos naturales o catástrofes como respuesta a la depredación de los seres humanos y sus efectos sobre el medio ambiente; 2000 y muchos más, si y sólo si, nos planteamos nuevas vías, modos, fórmulas para la convivencia entre nosotros y con la naturaleza como la única fuente de vida.
Un retorno a la naturaleza en las condiciones de vida de los siglos XV y anteriores, por colocar una fecha, es imposible o poco probable, salvo las comunas que asi lo decidan, pero un retorno a la naturaleza con la ayuda de las ciencias, técnicas destrezas y habilidades desarrolladas hasta hora para rescatar nuestra dignidad y la naturaleza si es posible; es acá donde juega un papel importante un Ecobaremo determinante de las normas, políticas, procesos y procedimientos para reintegrarnos al medio ambiente en un proceso de integración justa y beneficiosa para nosotros y la naturaleza.
El acontecer social esta marcado por el Hecho laboral, El Trabajo, esa mal llamada mercancia donde el ser humano es el principal elemento en juego involucrado el cual es conducido por una autopista sin fin, supuestamente en procura de su felicidad y estabilidad social y económica, pero sujeta a condiciones o presiones, muchas veces y por muchas personas, dificiles si no imposibles de superar; las políticas, normas, procedimientos, leyes y otras para coordinar este fenómeno es la Administración de Recursos Humanos o de Personal y las demás ciencias y técnicas involucradas para alcanzar los fines planteados por el mercado; ante esta realidad la Homonatropía plantea la Planificación de la intención Humana como la alternativa científica para coordinar la intención humana, de otro modo, apoyar la intención de "hacer algo" lejos de esquemas meramente de conveniencias económicas; esa aspiracion de hacer algo es la semilla que requiere una planificación coordinada y consciente para lograr la canalizaión e interacción de las voluntades de todas y todos.

Dentro de las consideraciones de la Homonatropía es necesario resaltar una de sus principales particularidades como lo es el hecho de ser una ciencia y, sin ánimos de ser petulante, es ¡la ciencia!. La consideración se debe a que las llamadas ciencias no son sino particularidades de un  conocimiento adquirido en nuestro accionar con el medio ambiente y solemos llamar ciencia a un conocimiento adquirido a través de la simbiosis aportadora de vida, ésta no es más que una emanación de la naturaleza, es un fenómeno que apareció a partir de la vinculación de vida: HOMBRE – NATURALEZA – TRABAJO; se suele considerar a la ciencia como algo creado por el ser humano, pero, ¿Quién la inventó? Probablemente Isaac Newton, o Albert Einstein o cualquier otra persona que haya experimentado con la naturaleza, pero realmente no ha sido sino el enfrentarse a la naturaleza y revisar sus leyes de manera empírica u observadora, por curiosidad, pero no es más que ese interactuar de los tres elementos vitales de nuestra existencia; nadie es dueño de nada somos parte de un todo.

Todo lo creado por el ser humano tiene un único origen, la naturaleza, ningún bien de la naturaleza o mal llamado recurso natural es propiedad de nadie, es un “producto” cuando ese bien es procesado con fines comerciales; es ésta una consideración válida para justificar la propuesta de revisar nuestro proceso de vida y de esta manera redimensionar o redefinir los pasos a dar dentro del contexto integral resaltando los tres elementos vitales de nuestra tesis básica (H.N.T); ciencia es naturaleza por ende debe ser tratada o considerada como un fenómeno en el cual interviene el ser humano con la idea básica de obtener su sustento, lo demás es comercio.

CONCEPTO

LA HOMONATROPÍA ES LA CIENCIA ENCARGADA DE REINTEGRAR AL HOMBRE A LA NATURALEZA, OTORGÁNDOLE PRINCIPAL IMPORTANCIA AL HECHO DE SER LA ENTIDAD BÁSICA APORTADORA DE TODOS NUESTROS BIENES, CON LA FINALIDAD DE LOGRAR UNA INTERRELACIÓN RACIONAL – BALANCEADA AL PERMITIR LA SUBSISTENCIA TANTO DEL INDIVIDUO COMO DE LA NATURALEZA, Y PROCURANDO, A SU VEZ, LA EXPLOTACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE BAJO CRITERIOS DE PROTECCIÓN MUTUOS

OBJETIVO

LA HOMONATROPÍA PROCURA MANTENER LA RELACIÓN BÁSICA Y PRIMARIA ENTRE EL HOMBRE Y LA NATURALEZA BAJO CRITERIOS REDIMENSIONADOS DE LOS PROCESOS DE EXPLOTACIÓN, EXTRACCIÓN, TRANSFORMACIÓN Y USO DE LOS “RECURSOS NATURALES” O BIENES DE LA NATURALEZA, DONDE PREDOMINE LA RACIONALIDAD, DE IGUAL MANERA ESTABLECER UN NUEVO ORDEN LABORAL CAPAZ DE SUPRIMIR EL DESEMPLEO Y ESTABLECER UNA NUEVA RELACIÓN SER HUMANO - TRABAJO Y DE ESTE MODO PERMITIR LA INTERVENCIÓN CONCIENTE   DEL HOMBRE EN TODAS LAS ENTIDADES QUE COMPONEN EL UNIVERSO

BASES DE LA HOMONATROPÍA.-

La Homonatropía se sustenta en cuatro bases principales, a pesar de considerar a todo lo creado por el ser humano como principio u origen de su razón para expresar sus planteamientos, dentro de estas bases se encuentra en primer lugar:

LA PLANIFICACIÓN DE LA INTENCIÓN HUMANA (P.I.H)

ES LA CIENCIA O ARTE DIRIGIDA HACIA EL DISEÑO DE UN NUEVO ORDEN SOCIO LABORAL A PARTIR DEL SER HUMANO COMO SUJETO INTEGRANDO AL HECHO LABORAL Y CON EL MEDIO AMBIENTE Y ESTABLECER UN NUEVO CONCEPTO DEL TRABAJO Y SU VINCULACIÓN CON LA NATURALEZA

Ante todo se debe destacar que ésta particularidad Homonatrópica está en contraposición, en algunos conceptos, con la Administración de Recursos Humanos (A.R.H), aunque en algunas de sus ideas parte de raíces contempladas en ésta.

La evolución de la A.R.H, al igual que todo lo creado por el ser humano, nace desde el hecho mismo del trabajo y su vinculación con el medio ambiente y sus semejantes, sin embargo, y a pesar de los cambios que ha sufrido en el pasar del tiempo ha llegado a un punto en el cual su desarrollo llegó a un punto estacionario, como muchas de las ideas y conceptos de otras especialidades del conocimiento, ésta posición obliga a las empresas a mantener unos criterios cuya efectividad está en tela de juicio, son muchas las desviaciones que sufre el proceso laboral producto del cansancio, de la rutina, de la monotonía inducida por la idea de ganar dinero y se sustentan en estructuras ideológicas – administrativas para lograr el mantenimiento de las empresas y por ende del sistema industrial en general.

El condicionamiento y el sometimiento de los seres humanos está sujeto a las investigaciones psicológicas, principalmente, con el fin de lograr mantenerse en el tiempo. La motivación al logro, un tema estudiado por la Psicología industrial, y la sociología, así como otros temas, tiene su origen en el hecho que a pesar de lo que pueda ganar, sueldo o salario, de una persona y los beneficios que se le otorguen son muchas las desviaciones que deben enfrentar para lograr la estabilidad requerida por el sistema comercial y competitivo en el cual se encuentren inmersos; se parte del estudio del ser humano y su capacidad para ejecutar y realizar acciones dirigidas a preparar o elaborar un producto o servicio, es decir, todo depende de la empresa; la Planificación de la Intención Humana (P.I.H), no rechaza nada de lo estudiado hasta ahora, sin embargo, plantea la integración del individuo a su mundo o al mundo de todos quienes nos encontramos en la búsqueda de una estabilidad emocional y psicológica y alcanzar la subsistencia necesaria dentro de órdenes adaptados a nuestra condición de ser seres humanos o animales racionales; para esto, la (P.I.H) plantea la integración de todos a través de la planificación de su intención sin importar sus estudios solo considerar “ las ganas de”, lo demás es un asunto del entrenamiento, o adiestramiento, en fin de los estudios. La tecnología cumple su papel de interrelación entre el ser humano y lo cosa a realizar; antes de administrar las acciones del trabajador con el fin de terminar su productividad se debe planificar proyectar la intención o las ganas de Hacer algo dentro del contexto de su preparación y su integración dentro del macro sistema en procura del aporte para alcanzar mejores condiciones de vida integrales abarcando el medio ambiente y los semejantes, en la medida que se condiciona a las personas para introducirlos en el mundo del trabajo, desde el estudio básico, se le induce a producir, producir y producir; ésta condición se plantea como una necesidad para satisfacer el mercado, en esa misma medida se destruye el ambiente, luego, ¿cuál bienestar se logra? Si lentamente se destruye el medio ambiente en pos del bienestar o las mejoras en la “calidad de vida”.

El planteamiento de la Homonatropía procura adentrarse con la finalidad de revisar los principios y llegar a un acuerdo social capaz de incluirnos a todos; dentro de la A.R.H se conocen las teorías administrativas de personal, mejor conocidas como: “X” “Y” “Z”, y reconociendo algunos avances, en cuanto al aspecto humano que se recoge en la Z  la Homonatropía plantea lo concerniente a la naturaleza y su importancia vital en la teoría “C”, donde se resalta lo humano que plantea la teoría “Z” ; haciendo énfasis en:

-          La  cooperación en todos los ámbitos del quehacer laboral

-          La capacitación o entrenamiento del personal

-          La cogestión empresarial y social

-          La conservación de la naturaleza como única fuente de los bienes requeridos para nuestra existencia

Las condiciones o exigencias de la actualidad en relación con nuestro presente y futuro a partir de nuestra dependencia de la naturaleza están fundamentadas en el proceso evolutivo redimensionado con la finalidad de proveer una mejores condiciones de vida reales,`protegiendo a la naturaleza y al ser humano, consideraciones planteadas por la Homonatropía, y en este caso en particular de la Planificación de la Intensión Humana, condensa en la teoría “C” el paso que se debe dar a nivel mundial para el rescate de la dignidad humana, de la naturaleza, de nuestros valores, con la finalidad de lograr un sistema socio laboral adaptado a las generaciones futuras donde puedan disfrutar de una vida más sana a partir de las correcciones que podamos hacer los que tenemos en nuestra mano la vida de los más pequeños.

Esa revisión y replanteamiento del hecho laboral no estaría completo sin la revisión y reordenamiento de  las leyes laborales, y el replanteamiento de la beses socio laborales, partiendo del contrato de trabajo por un convenio de conciliación laboral.

CONVENIO DE CONCILIACIÓN LABORAL.-

1.- CONCILIACIÓN LABORAL          (RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN)

2.- VINCULACIÓN LABORAL           (CLASIFICACIÓN Y REMUNERACIÓN)

3.- CAPACITACIÓN INTEGRAL       (ADIESTRAMIENTO Y DESARROLLO)

4.- PROMOCIÓN LABORAL             (EVALUACIÓN DE EFICIENCIA)

5.- SEGURIDAD  SOCIOLABORAL  (SEGURIDAD SOCIAL)

6.- PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA

Y una de las revisiones y transformaciones es lo concerniente a las leyes

LA LEGISLACIÓN LABORAL HOMONATRÓPICA.- (ejemplo)

LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA

DEPENDE  DE POLÍTICAS SU EXPLOTACIÓN DEL MERCADO




EL TURISMO

ES CONSIDERADA, DENTRO DE LA HOMONATROPIA, COMO LA ACTIVIDAD ECONÓMICA CAPAZ DE VINCULAR AL SER HUMANO ENTRE SI Y ESTE CON LA NATURALEZA PROCURANDO LA PROTECCION DE AMBOS Y DARLE EL MEJOR PROVECHO AL TIEMPO LIBRE

Otra de las bases de la Homonatropía es el turismo o el tiempo libre, ésta particularidad nos permitiría no solo el reencuentro con la naturaleza, también, exige un cambio radical en nuestras costumbres como es el caso de la mal llamada “ basura” o desecho, desperdicio; homonatrópicamente hablando estos términos se transforman en  RECURSO ARTIFICIAL RECUPERABLE,  a partir del reciclaje, la particularidad del reciclaje transforma a la limpieza y el aseo en funciones vitales semejantes a las del campesino, debido a que éste recurso debe ser recogido, seleccionado, clasificado y procesado siguiendo principios industriales en un orden inverso al establecido, con la finalidad de volver a la naturaleza reduciendo la explotación y permitiendo la inserción de un gran número de personas a actividades tanto industriales como culturales y sociales.

ECOBAREMO

ES UNA NORMATIVA, PLANTEADA POR LA HOMONATROPIA, PARA DETERMINAR LA FORMA DE REDIMENSIONAR LA INTERACCION ENTRE LOS SERES HUMANOS Y LA NATURALEZAY VOLVER A LA NATURALEZA.

Vivimos en ciudades cuyas “murallas” nos mantienen separados de la naturaleza o del gran almacén, nuestra rutina se centra en lograr la mayor y mejor circulación vehicular de las ciudades de mayor concentración poblacional, además de lograr establecer un mercado de alimentos para abastecer a la población, estas por destacar dos de las causas de enfermedades sociales comunes en la actualidad.  La Homonatropía contempla el establecimiento de un baremo cuyas normas y procedimientos nos permitan regresar a la naturaleza ampliando nuestros limites y lograr un balance justo entre los seres humanos y la naturaleza.

ECOERGONOMÍA

ES LA PARTE DE LA HOMONATROPIA ENCARGADA DE RECONOCER Y REORDENAR LAS CIENCIAS Y ARTES, CREADAS HASTA EL MOMENTO POR EL SER HUMANO, DIRIGIENDO SUS PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS HACIA LA PROTECCION DE SU INTEGRIDAD Y DIGNIDAD

Lo conocido como las ciencias, sobre todo las dedicadas a la salud, han sido secuestradas por grupos económicos quienes mantienen un mercado sujeto a condiciones a las cuales solo algunas personas tiene acceso; lo que se pretende es redefinir y reordenar los criterios que sustentan éste mercado y permitir una masificación tanto de sus beneficios como de su conocimiento
ETIMOLOGÍAS VINCULADAS A LA HOMONATROPÍA.-


ECO BAREMO
CIENTROPIA

ECOERGONOMIA


TURISMO
ERGOTROPIA


PLANIFICACIÓN DE LA INTENCIÓN HUMANA

Baremo: una de las acepciones de esta palabra según el diccionario de la real academia Española es: "Cuadro gradual establecido convencionalmente para evaluar los méritos personales, la solvencia de empresas, etc., o los daños derivados de accidentes o enfermedades." en el caso de la Homonatropía y el ECOBAREMO está referido a la búsqueda y establecimiento de normas, políticas y procedimientos que nos permitan volver a la naturaleza, reintegrarnos haciendo uso de todos los adelantos alcanzados hasta ahora y lograr un balance para rescatar al medio ambiente y nuestra dignidad
ciencia "(Del lat. scientĭa). f. Conjunto de conocimientos obtenidos mediante la observación y el razonamiento, sistemáticamente estructurados y de los que se deducen principios y leyes generales". Obsérvese en esta definición de ciencia que se destacan "los conocimientos obtenidos mediante la observación y el razonamiento" de ese principio parte la Homonatropía para reconocer y valorar la relación del ser humano con la naturaleza y el trabajo, principio de todo lo creado y por crear y esencia vital de nuestra existencia; de igual manera en el caso de la Cientropía se refiere, haciendo uso de la figura literaria "TROPO" para referirse a la ciencia como una esencia que es posible ser producida por todos entre todos y en la Homonatropía se procura partir de su etimología y alcanzar o revisar sus principios esenciales y readaptarlos al ser humano, su medio ambiente y su circunstancia, de igual manera Ergotropía, particularidad Homonatrópica dirigida a redimensionar y redefinir el concepto y aplicación del hecho laboral (el trabajo) y permitirnos a todos disfrutar de esa virtud de poder relacionarnos con la naturaleza a través de nuestro esfuerzo; es oportuno agregar uno de los significados o acepciones de: tropo- "Prefijo procedente del gr. vuelta; De igual modo otra de sus acepciones es: Figura que consiste en designar a las cosas, no por su nombre, sino por otro empleado en sentido figurado. El tropo comprende la metáfora, la metonimia, la sinécdoque, la alegoría y el símbolo".
"ergos", que significa trabajo, y "nomos", leyes; Palabras griegas que componen a otra como lo es la Ergonomía que podría leerse como: leyes del trabajo o más comúnmente conocida como la ciencia que se encarga de adaptar el espacio o el trabajo al ser humano para reducir los efectos negativos del mismo, La Ecoergonomía en el caso de la Homonatropía la podemos concebir, siguiendo los principios del Ecobaremo como la readaptación del ser humano a la naturaleza procurando revisar sus necesidades, de ambos, humano - naturaleza y alcanzar un orden capaz de satisfacer nuestra necesidades y a la vez darle a la naturaleza algo de lo aportado por ella; "Además, se ha desarrollado desde hace ya un tiempo una ampliación del concepto ergonómico, dando lugar a la “macroergonomía”, la que es conceptualizada como la optimización ergonómica de los Sistemas Hombres-Máquinas desde el punto de vista organizacional"
Ante estos planteamientos y la perspectiva del futuro la Homonatropia concilia una serie de ideas con la finalidad de plantear nuevos paradigmas capaces de mejorar nuestra existencia en el planeta tierra. dentro del contexto de la Homonatropia se han hecho plantemientos que permiten vislumbrar nuevos paradigmas como es el caso de la Legislación Laboral Homonatropica o articulos laborales verdes que nacen ante la necesidad de introducir en el proceso extractivo artículos homonatropicos que permitan relizar esa extracción y cumplir con el mandamiento conceptual de aportar algo a la naturaleza y no solo extraer.

En el mundo existe una legislación dirigida a rescatar y proteger el ambiente, Venezuela no escapa de esta ordenanza; en esta ocasión se destacan dos de ellas como son: La Ley Orgánica y Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo ( LOCYMAT) y La Ley Organiza del Ambiente (LOA), ambas abarcan aspectos particulares dirigidos hacia ese fin necesario como es proteger al ser y al ambiente.
La Legislación Laboral Homonatropica (L.L.H) viene a complementar este grupo de leyes pero, en este caso, dirigida hacia el hecho industrial y su afectación de la naturaleza, la cual se realiza por razones necesarias en cuanto es de allí de donde obtenemos lo necesario para producir los productos que satisfacen nuestras necesidades.
El proceso de vida del ser humano a pasado por diferentes etapas, pero en ninguna de ellas ha estado separado de su entorno natural; nuestra dependencia del medio ambiente significa la vida misma, debido a que, un sencillo acto como es el de respirar ya nos ata a nuestro entorno.
En ese acto, tan sencillo, donde intercambiamos Oxigeno y Dióxido de Carbono, nos hace uno con la naturaleza, de igual modo debemos destacar las actividades agro ecológicas, domesticas , acciones que nos vincula al entorno natural; sin embargo nos hemos separado de esa actividad por la búsqueda de una Mejor “calidad de vida” o mejores condiciones de vida en las ciudades, y gracias a el “desarrollo” industrial, lo cual ha traído como consecuencia la falta de alimentos entre otros aspectos dañinos a la salud.
El trabajo o Labor Humana, nos vincula entre nosotros y con el medio ambiente y ha sufrido rupturas al convertirla en mercancía y considerarla como una actividad eminentemente administrativa seccionada según las conveniencias del sistema industrial al cual estamos sujetos.
Existen normas previas y posteriores relacionadas con la explotación del medio ambiente,en ese orden de ideas tenemos: “RACDA – Registro de Actividades Capaces de Degradar el Ambiente; El Registro de Actividades Capaces de Degradar el Ambiente (RACDA), (anteriormente llamado RASDA: Registro de Actividades Susceptible de Degradar el Ambiente). Es un instrumento administrativo de gestión exigido por el Ministerio del poder popular para el Ecosocialismo. Teniendo como fin el control previo ambiental de las actividades capaces de degradar el ambiente”
El articulo 54 de la Ley Orgánica del Ambiente de Venezuela contempla: “La Autoridad Nacional Ambiental, en coordinación con los órganos competentes, adoptará las medidas necesarias para restablecer, mejorar, recuperar y restaurar la diversidad biológica y los ecosistemas, sometiéndolos a planes de manejo y programas especiales que garanticen su conservación”.
La industrialización y mecanización nos sometió a un “circulo vicioso” el cual supuestamente satisface nuestras necesidades en todos los ordenes , pero no nos puede separar de la naturaleza, todo depende de ella, tanto para nosotros como para la industria. Esta condición, inquebrantable, regula o desmejora nuestro desempeño al limitarnos en esa relación con nuestros semejantes y con la tierra.
En el orden de las legislaciones se han desarrollado disposiciones legales dirigidas a ordenar y regular el hecho laboral con la finalidad de balancear las variables entre patrono trabajador y alcanzar el orden social necesario para una vida tranquila. Esa tranquilidad y orden social son relativos debido a que la industria exige cada vez mas de el entorno natural y a pesar que se ha legislado para protegerla, no se ha legislado en relación a la conciencia que debería existir en las organizaciones vinculadas a la explotación y tratamiento de los bienes de la naturaleza o materia prima.
En el orden de las legislaciones, existe en Venezuela la ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y trabajadoras, la cual recoge, al igual que en el resto de los países, las clausulas relativas al aspecto social, económico, organizacional, entre otras pero no se contempla lo relativo a la naturaleza.
LA LEGISLACION LABORAL HOMONATROPICA , fundamentalmente, promueve una adopción y adaptación de su contenido sin contemplar aspectos punitivos, ni contempla el desembolso de capital; relaciona la industria con su entorno social inmediato y rescata valores de los pueblos indígenas que deberían ser considerados con la finalidad de vincularnos, de algún modo con nuestros principios básicos.

LEGISLACION LABORAL HOMONATROPICA
LA LEGISLACIÓN LABORAL HOMONATRÓPICA.- (ejemplo)
La Homonatropía como parte de la ciencia posee sus principios éticos filosóficos configurados a partir del efecto de la actividad del trabajo en el medio ambiente y en el ser humano lo cual ha llevado a la vida hacia un circulo vicioso provocado por las soluciones concebidas dentro del contexto de lo conocido e inmediato dentro del contexto del comercio y las exigencias de un mercado, el cual, no se procura hacerlo desaparecer pero si regular sus incidencias en la sociedad y en el medio ambiente, se ha dejado a un lado alternativas con poca posibilidad de retorno de capitales o recuperación de inversiones, las llamadas actividades no productivas, aun así dentro del marco Homonatrópico las actividades culturales, turísticas de esparcimiento son esenciales para la coexistencia con la naturaleza y nuestros semejante, capaces de generar beneficios económicos.
LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA DEPENDE DE POLÍTICAS, SU EXPLOTACIÓN DEL MERCADO.
Capitulo "A"
De los derechos y deberes de los trabajadores (as),
Las empresas y el estado referidos a la protección de la naturaleza
Artículo 1.- La naturaleza, el medio ambiente y/o áreas de esparcimiento, así como parques, plazas y otros espacios para el disfrute común de lo seres humanos debe ser objeto de protección, rescate y mantenimiento de parte de todos los integrantes de las organizaciones laborales, establecidas legalmente, sin importar el tamaño o fin de las mismas.
Artículo 2.- las empresas u organizaciones laborales están en el deber de informar, educar y formar a sus trabajadores (as), en lo referente a las causas y efectos de la extracción de los bienes de la naturaleza, "las materias primas".
Artículo 3.- Las empresas extractoras y procesadoras están obligadas a mantener un plan permanente de trabajo de recuperación de la áreas afectadas, puede ser ejecutado de manera individual o colectivo (con otras empresas), sus trabajadores y el estado
Artículo 4.- las organizaciones sindicales o agrupaciones de trabajadores (as) deben promover entre sus miembros la información requerida para concientizarles en todo lo referente a los procesos industriales y sus efectos en la naturaleza y en la salud en general
Artículo 5.- las empresas deben desarrollar una metodología permanente para actualizar, mantener, adaptar y mejorar las maquinarias o equipos, tecnológicamente, que intervienen en sus procesos productivos o de extracción y transformación de los bienes de la naturaleza con la finalidad de establecer métodos novedosos que puedan reducir sus efectos negativos sobre el medio ambiente además de reducir los costos y minimizar las políticas comerciales
Artículo 6.- las empresas el estado y las organizaciones de trabajadores están en el deber de promover talleres Homonatrópicos donde se integren todos los conocimientos, artes y técnicas dirigidos al rescate, protección y mantenimiento de la naturaleza y vincular a la comunidad en general en actividades dirigidas a la consecución de su verdadero confort.
Artículo 7.- las organizaciones empresariales, sindicales o agrupaciones de trabajadores (as) y el estado deben ofrecer a estos (as) y a la comunidad en general una capacitación básica en todo lo referente a la ciencia sus beneficios y usos posibles para masificar y propagar los conocimientos y procurar una concientización más amplia y cónsona con la identificación que debe prevalecer entre todos los seres humanos y nuestra naturaleza
Artículo 8.- Los gobiernos, las empresas y las organizaciones sindicales deben crear comisiones tripartitas, bipartitas o individuales encargadas de recuperar, mantener y proteger las zonas afectadas por la acción de las empresas.
Artículo 9.- Las organizaciones empresariales están obligadas a crear laboratorios Homonatrópicos con la finalidad de mantener la evaluación de los procesos industriales determinar la probabilidad de reciclaje de los Recursos Artificiales Recuperables y su posible reutilización reduciendo o evitando el derrame o deposición en contacto con alguna forma o manifestación de vida.
Artículo 10.- Las organizaciones sindicales o grupos de trabajadores están en el derecho y tienen el deber de oponerse a intervenir en un proceso productivo donde se vea afectada la naturaleza, su salud y/o afecte a la comunidad en general.
Artículo 11.- los organismos internacionales como: el Fondo Monetario Internacional, (F.M.I), el Banco mundial, (B.M), la Organización Mundial del comercio (O.M.C), las empresas extractoras, de cualquier bien de la naturaleza, los gobiernos de los países del planeta deben realizar aportes económicos para generar un fondo multinacional dirigido al rescate, protección y mantenimiento de las zonas afectadas por las explotaciones sin importar el lugar donde se encuentre.
Artículo 12.- Las organizaciones laborales están en el deber de crear grupos de trabajo, dependientes de si misma, encargados de rescatar, mantener y proteger el ambiente, ya sea, de las ciudades como de las zonas donde se extraiga algún bien de la naturaleza, indistintamente del objeto de las empresas y dicho trabajo debe estar apoyado y amparado por las organizaciones laborales públicas o privadas.
Artículo 13.- las organizaciones laborales deben procurar cambios tecnológicos ecológicos, ergonómicos y homonatrópicos con la finalidad de establecer un sistema integral permanente y sostenido de protección del ambiente y de la naturaleza
Articulo 14.- los gobiernos y las empresas y organizaciones laborales de cualquier tipo, o fin, deben implementar políticas homonatrópicas que permitan reconocer la importancia del ser humano, de la naturaleza y del trabajo como factores esenciales del desarrollo de la humanidad
Artículo 15.- las explotaciones madereras, mineras o de cualquier otro orden, que afecten la naturaleza directamente modificando los ecosistemas, deben ser objeto de supervisión permanente con la finalidad de determinar su impacto ambiental y las medidas correctivas que deben poner en práctica paralelamente con la explotación y ser sostenidas en el tiempo y el espacio.
Artículo 16.- las explotaciones mineras donde se extrae el uranio y otros productos altamente contaminantes, deben invertir, en recuperación, el doble de cualquier otra explotación, de igual su aporte debe ser mayor en el rescate y protección de la naturaleza
Artículo 17.- las políticas medidas o controles de impacto ambiental deben ser estrictas permanente sostenidas en el tiempo y el espacio con la finalidad de reducir los efectos de las explotaciones
Articulo 18.- el uso de productos químicos modificadores de la genética de las plantas o afecten su producción, considerados como abonos, y otros cuyo fin sea el de lograr mayor productividad deben ser modificados en su composición para evitar daños colaterales y reducir sus efectos o eliminar su uso.
Artículo 19.- todo producto químico cuya fabricación, procesamiento, distribución y uso provoque daños al medio ambiente y al ser humano debe llevar inscrito en algún lugar de su presentación los montos a cancelar según el daño causado tanto a las personas como a la naturaleza y su penalización debe ser ajustada al derecho penal.
Artículo 20.- todos los proceso industriales, domésticos y/o cotidianos donde se generen gases de escape de vehículos de motor, Instalaciones generadoras de calor y electricidad que utilizan petróleo o carbón con contenido sulfuroso; plantas de ácido sulfúrico; incineración de residuos; generación de calor y electricidad; reacción de gases contaminantes en la atmósfera, compuesto de carbón, nitratos, sulfatos y metales, como el plomo, el cobre, el hierro y el cinc Plomo fundiciones de plomo; fábricas de baterías, generación de calor y electricidad; procesamientos donde se use ácido nítrico; explosivos; fábricas de fertilizantes Hidrocarburos no metálicos (incluye etano, etileno, propano, butanos, pentanos, acetileno) evaporación de disolventes; y otros proceso químicos, deben ser objeto de revisión en laboratorios homonatrópicos para reducir los daños al ambiente y a las personas con el fin de redirigir la ciencia y sus distintas manifestaciones hacia el bienestar de la comunidad y la naturaleza
Artículo 21.- las explotaciones madereras, mineras y marítimas deben estar sujetas a leyes especiales dirigidas a la regulación de su explotación, extracción, procesamiento comercialización de los bienes, con el fin de reducir su comercio a través de productos sustitutivos o generados en plantas de reciclaje, en los casos posibles, y sobre todo para proteger todas las especies de cualquier orden.
Artículo 22.- los daños causados a las plantaciones, a la naturaleza y al ser humano, así sea de manera indirecta, sin la aplicación de las medidas dictadas por el gobierno serán consideradas homicidios indirectos a la humanidad por ende deben ser castigados con penas relevantes
Artículo 23.- toda explotación, de cualquier orden, debe mantener un grupo de trabajadores (propios o de la comunidad), quienes trabajarán antes durante y después de la explotación con la finalidad de recuperar las zonas o espacios que sean posibles y mantenerlos.
Artículo 24.- este articulado debe ser aplicado a explotaciones donde se afecte el aire, el agua o a los seres humanos y la tierra en cualquier proporción.
Artículo 25.- la agricultura sostenible debe ser aquella que utiliza el mayor número de personas para su desarrollo, la cantidad de tierras necesarias con el menor uso de agroquímicos, reduciendo o eliminando las modificaciones genéticas a través del uso de abonos orgánicos o biodegradables; el uso de artificios científicos, tecnológicos o cualquier otro orden fuera del procesamiento natural debe ser vigilado permanentemente y medir sus efectos sobre la naturaleza y el medio ambiente
Artículo 26.- los procedimientos administrativos burocráticos deben ser eliminados o reducidos a su mínima expresión con la finalidad de hacer más expeditas la medidas de protección del ambiente del ser humano y del trabajo
Artículo 27.- las medidas dirigidas a la protección del trabajo, la salud y la naturaleza deben tener el mismo tenor en todos los países del planeta sin distinción ni diferencias por el tipo de gobierno que se mantenga en un lugar dado
Artículo 28.- la Homonatropía a través de la Cientropía o más específicamente la Ecoergonomía deben ser lo principios guías de las actividades laborales considerando todas las acciones del ser humano en la naturaleza, a través del trabajo, generadoras de la ciencia y sus disciplinas como elementos esenciales para la mejor adaptación del ser humano al medio ambiente provocando el menor daño posible o con la posibilidad de recuperarlo haciendo uso de los conocimientos y la tecnología
Artículo 29.- el recurso artificial recuperable (rar), (la basura o desecho), deben ser tratados como materia prima de especial importancia su recolección, procesamiento y transformación debe realizarse bajo principios científicos homonatrópicos en los cuales se reduzca o elimine el desecho; en todo caso todo RAR secundario debe ser tratado de igual manera que el primario o matriz hasta alcanzar su mínima expresión y no generar desechos
Artículo 30.- los principios éticos y/o filosóficos de la homonatropía no responde a otras filosofías sociales que puedan provocar divisiones sus directrices responden únicamente a la necesidad de mantener la vida en el planeta tierra
Artículo 31.- dentro del contexto de la homonatropía toda actividad donde se genere bienestar tanto al ser humano como a la naturaleza, desde cualquier punto de vista, es considerado productivo y propiciador de capital
Artículo 31.- los escombros y materiales de "desecho" o RAR de una construcción en proceso de demolición o transformación debe ser inmediatamente procesado para reutilizarlo con el mismo fin reduciendo sus efectos secundarios y /o dañinos
Artículo 32.- los depósitos de RAR o de "basura" en las periferias de las ciudades deben ser erradicados, de otro modo, utilizados como plantas procesadoras de gas metano u otro producto que sea posible obtener
Artículo 33.- La naturaleza y sus bienes (materia prima) no son renovables, ningún sistema político organizacional, puede evitar su explotación, por la dependencia inevitable que tenemos los seres humanos, por esta razón se debe establecer un sistema industrial sostenible capaz de reducir la extracción, explotación y procesamiento de los bienes naturales; se debe considerar a éste sistema industrial paralelo como alternativo dirigido a reducir la explotación del medio ambiente y con la posibilidad de incluir al mayor número de personas al hecho laboral
Artículo 35.- toda construcción debe efectuarse bajo controles permanentes de recuperación de las áreas afectadas desde el mismo inicio y mantenerse en el tiempo y el espacio, sobre todo, si se trata de explotaciones que afecten el medio ambiente y al ser humano; se debe mantener un proceso permanente de reciclaje de todo aquello que sea considerado desecho
Artículo 36.- La naturaleza es el origen de la ciencia y sus divisiones, sociales técnicas, etc. Por ende, el estudio, análisis e interpretación de sus manifestaciones es un derecho de todas las personas que habitamos el planeta tierra con el fin de rescatar, mantener y proteger todas las esencias de nuestra existencia
Artículo 37.- Toda persona es responsable de su entorno inmediato y postmediato, de manera corresponsable tenemos el deber de proteger el medio ambiente en cualquier lugar del planeta tierra y oponerse contra los daños en cualquier lugar del planeta, lo cual nos concede la condición de: ciudadano del mundo
Artículo 38.- Las culturas indígenas y/o los pueblos originarios del mundo deben ser objeto de protección y estudio, análisis, y revisión de todos sus aspectos, sobre todo, el hecho laboral para tratar de rescatar y aplicar sus principios guías en nuestra relación con la naturaleza.
De igual modo la Homonatropia plantea acciones internacionales que permitan dirigir las acciones desde una posición política capaz de influir en las tomas de decisiones relativas a la protección del ambiente, en ese caso se plantea la Constitución Homonatropica ( ecológica) Mundial la cual contempla:
CONSTITUCIÓN ECOLÓGICA MUNDIAL, EL ECO COMUN


El medio ambiente influye sobre los seres vivos, aun desde los unicelulares, provocando efectos que dependen de cada individuo, su especie, y el modo de aprovechar esos elementos que nos ofrece la naturaleza para la subsistencia. Ningún país del planeta tierra puede subsistir sin aire, agua, el sol, la luna y, obviamente los alimentos, esta condición no puede ser aplicada a unos países y otros no, por ejemplo los desarrolados y los no desarrollados, todos vivimos en territorios, demarcados políticamente con unos limites por demás absurdos, y todos necesitamos los mismos bienes de la naturaleza para subsistir.

A partir del reconocimiento de los derechos humanos, del contrato social al cual, ya desde nuestro nacimiento estamos sujetos, es oportuno crear una Constitución Ecológica Mundial la cual nos permita exigir a los gobernantes de turno nuestros derechos como miembros de un sistema, inevitablemente imprescindible para nuestra supervivencia y la de las generaciones futuras.

Dentro del contexto de la Homonatropia se mantiene la premisa, no solo de rescatar y proteger la naturaleza, también destacar aquellos principios, valores o condiciones que de algún modo nos beneficie a todos los seres humanos mas allá de criterios, ideas o condiciones meramente partidistas o de intereses particulares para luchar por el derecho de todos los seres humanos a coexistir en un planeta que se esta agotando por la condición de almacén que le han otorgado donde hasta el ser humano tiene un precio en el mercado.

Una constitución, del latin: Constitutio, onis, es decir, la Ley Fundamental, permite la participación colectiva de quienes habitamos en este planeta con la finalidad de legislar en un asunto de vital importancia y necesidad para nuestra existencia como lo es lo relacionado con la naturaleza. A pesar que existen legislaciones en cada país con la finalidad de regular la relación con la naturaleza, es de destacar que están mas enfocadas hacia la explotación de los bienes de la naturaleza, se deben celebrar estas iniciativas pero la afectación o daños a la naturaleza no tiene limites geográficos ni depende de un grupo humano en particular, es por ello que se hace necesario una

CONSTITUCIÓN ECOLÓGICA MUNDIAL QUE SIRVA DE ECO COMÚN. La idea no es crear un gobierno mundial, una hegemonía totalitaria de un país u organismo, se trata de desarrollar una ley que parta de los ciudadanos del mundo como una constituyente mundial

( se invita a todas las personas interesadas que quieran redactar un articulo para ser incluido en esta constitución enviarlo a: seryfab47@gmail.com )

ARTICULO 1 .- La presente ley fundamental tiene como fin primordial proteger la vida de todos los seres que habitamos el planeta tierra

ARTICULO 2.- en concatenación con el articulo anterior, se debe entender que queda protegida la naturaleza en cualquiera de sus manifestaciones, ya sea el agua, el aire, la tierra, los animales , los seres humanos son el objeto primordial de protección referida en esta ley.

ARTICULO 3.- Todos los gobiernos del mundo están obligados a conciliar sus relaciones con la finalidad de acordar medidas que beneficien a toda la población del planeta y reafirmar la garantía de aplicación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y crear una sistematización coordinada, efectiva permanente y sostenible que les permita:

a) Aplicar normas, leyes y procedimientos dirigidos a rescatar y proteger la naturaleza de forma común

b) Promover una Declaración Universal de los Derechos de los Animales

c) Proteger y apoyar las comunidades indígenas y su cosmogonía como principales exponentes de la vinculación vital entre los seres humanos y la naturaleza

d) Unificar y actualizar las leyes normas y procedimientos dirigidos a la protección de la naturaleza, existentes en cada país

e) Considerar dentro de la Declaración Universal de los Derechos Humanos el derecho de los seres humanos a compartir con la naturaleza y fomentar esta relación vital

f) Evitar la participación de ideologías partidistas o particulares que desvíen o eviten el desarrollo de esta constitución

ARTICULO 4.- La población mundial tiene el derecho , democrático, a solicitar a sus gobernantes obedecer el mandato de esta constitución como una forma manifiesta de la capacidad y oportunidad de ejercer el poder del pueblo.

ARTICULO 5.- A partir de la aplicación de esta ley se debe derogar el nombre dado a los desechos considerados basura, en su lugar deben ser nombrados: Recurso Artificial Recuperable ( RAR )

ARTICULO 6 .- el turismo debe ser masificado, protegido y fomentado de forma sostenible con la finalidad de permitir a la población mundial la vinculación con sus semejantes y el medio ambiente en general

ARTICULO 7 .- El reciclaje y la Repotenciacion deben ser considerados factores económicos laborales que permitan la generación de una industria a partir del Recurso Artificial Recuperable y el uso de maquinaras y equipos considerados obsoletos o en desuso

ARTICULO 8 .- las áreas afectadas por las explotaciones mineras, madereras, agrícolas y todas aquellas que se hayan visto afectadas por la intervención del hombre deben ser rescatadas, paralelamente, con estas explotaciones, deben ser puestas en practica procesos de recuperación paralelos desde el inicio de estas explotaciones, aun aquellas que tengan tiempo en proceso

ARTICULO 9.- La naturaleza debe ser considerada base esencial de la ciencia y la tecnología

ARTICULO 10.- Todas las energías alternativas: solar, eólicas, térmicas, etc. así como sistemas biodigestores y otros que permitan mejorar las condiciones de vida de la población mundial, deben ser masificados o desarrollados a partir de las parroquias, con la finalidad de obtener energía eléctrica , gas metano entre otros que permitan abastecer a toda la población y tengan la oportunidad de participar en el desarrollo de los mismos

ARTICULO 11.- se debe considerar la recuperación del agua servida como una actividad vital para evitar el derrame en ríos, mares, lagos y lagunas y lograr un mayor y mejor aprovechamiento de este vital liquido

ARTICULO 12.- los gobiernos del mundo están obligados, por esta ley suprema, a llevar a cabo todas aquellas medidas, mandatos o indicaciones que emanan de esta constitución.

Esta idea está lejos de propiciar un gobierno o un poder mundial, si ese fuese el caso, sería un gobierno popular debido a que esta constitución nacería de una cosntituyente mundíal cuyos pueblos se encarguen de delinear su contenido.
Existen legislaciones en cada país, pero esta se encuentra limitada a cada región, sin embargo, existen espacios que nos corresponde a todos proteger o rescatar, como es el caso de el Oceano Pacifico, el cual se encuentra afectado en su totalidad por el derrame de la planta Atómica Fukuyima de Japón.

La intervención u opinión de organismos internacionales y personalidades en los planteamientos de la Homonatropia se pueden esbozar de la siguiente manera, en primer lugar el caso de el artículo publicado por el blog de: W  Meyer Law  el 17 de Junio de 2017

Natural Laws In Labor Law
Within the context of homonatropia presented below some approaches to be considered for the proper protection of nature and all living things that inhabit the planet earth. was considered the “REPORT OF EDUCATION CONFERENCE ON LABOUR AND ENVIRONMENT OF THE ILO” as an example of the first steps are about damage, likewise, the considerations on Homonatropia and its connection with human beings . “Laws of nature are so simple that give life, the human being only serve to regulate his life” Joseph Collazo HOMONATRoPICA LABOR LAW .- (example) THE PROTECTION OF NATURE POLICY DEPENDS ON ITS OPERATION MARKET Chapter ” A “Rights and duties of workers (as), Business and the state relating to the protection of nature Article 1 .- The nature, environment and / or recreational areas and parks, plazas and other spaces for the common enjoyment of human beings should be protected, recovery and maintenance part of all members of labor organizations are required by law, no matter the size or order them. If this has piqued your curiosity, check out Sen. Sherrod Brown 
Dentro del contexto de la homonatropía que se presenta a continuación, se deben considerar algunos enfoques para la protección adecuada de la naturaleza y de todos los seres vivos que habitan el planeta tierra. fue considerado el "INFORME DE LA CONFERENCIA EDUCATIVA SOBRE TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE DE LA OIT" como un ejemplo de los primeros pasos que se refieren al daño, así como a las consideraciones sobre la homonatropía y su conexión con los seres humanos. “Las leyes de la naturaleza son tan simples que dan vida, el ser humano solo sirve para regular su vida” Joseph Collazo LEY LABORAL DE HOMONATROPICA.- (ejemplo) LA POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA DEPENDE DE SU MERCADO DE OPERACIÓN Capítulo "A" Derechos y deberes de los trabajadores (as), las empresas y el estado en relación con la protección de la naturaleza Artículo 1.- La naturaleza, el medio ambiente y / o las áreas recreativas y parques, plazas y otros espacios para el disfrute común de los seres humanos deben estar protegidos, la recuperación y el mantenimiento forman parte de todos los miembros de organizaciones laborales están obligados por ley, sin importar el tamaño o el orden. Si esto ha despertado su curiosidad, visite al senador Sherrod Brown.
Esta publicación fue realizada por W  Meyer Law y aparece involucrado el Senador Sherrow Brown, se reconoce esta difusión, algo no esperado, lo importante es que el articulado de la Legislación Laboral Homonatropica fue considerado de alguna manera por la Organización Internacional del Trabajo ( OIT), queda claro que existe un interés por reconocer la importancia de la protección del ambiente a partir de las industrias quienes deberían proteger su fuente principal.









biente influy


CONSTITUCIÓN ECOLÓGICA MUNDIAL, EL ECO COMUN

El medio ambiente influye sobre los seres vivos, aun desde los unicelulares, provocando efectos que dependen de cada individuo, su especie, y el modo de aprovechar esos elementos que nos ofrece la naturaleza para la subsistencia. Ningún país del planeta tierra puede subsistir sin aire, agua, el sol, la luna y, obviamente los alimentos, esta condición no puede ser aplicada a unos países y otros no, por ejemplo los desarrolados y los no desarrollados, todos vivimos en territorios, demarcados políticamente con unos limites por demás absurdos, y todos necesitamos los mismos bienes de la naturaleza para subsistir.

A partir del reconocimiento de los derechos humanos, del contrato social al cual, ya desde nuestro nacimiento estamos sujetos, es oportuno crear una Constitución Ecológica Mundial la cual nos permita exigir a los gobernantes de turno nuestros derechos como miembros de un sistema, inevitablemente imprescindible para nuestra supervivencia y la de las generaciones futuras.

Dentro del contexto de la Homonatropia se mantiene la premisa, no solo de rescatar y proteger la naturaleza, también destacar aquellos principios, valores o condiciones que de algún modo nos beneficie a todos los seres humanos mas allá de criterios, ideas o condiciones meramente partidistas o de intereses particulares para luchar por el derecho de todos los seres humanos a coexistir en un planeta que se esta agotando por la condición de almacén que le han otorgado donde hasta el ser humano tiene un precio en el mercado.

Una constitución, del latin: Constitutio, onis, es decir, la Ley Fundamental, permite la participación colectiva de quienes habitamos en este planeta con la finalidad de legislar en un asunto de vital importancia y necesidad para nuestra existencia como lo es lo relacionado con la naturaleza. A pesar que existen legislaciones en cada país con la finalidad de regular la relación con la naturaleza, es de destacar que están mas enfocadas hacia la explotación de los bienes de la naturaleza, se deben celebrar estas iniciativas pero la afectación o daños a la naturaleza no tiene limites geográficos ni depende de un grupo humano en particular, es por ello que se hace necesario una

CONSTITUCIÓN ECOLÓGICA MUNDIAL QUE SIRVA DE ECO COMÚN. La idea no es crear un gobierno mundial, una hegemonía totalitaria de un país u organismo, se trata de desarrollar una ley que parta de los ciudadanos del mundo como una constituyente mundial

( se invita a todas las personas interesadas que quieran redactar un articulo para ser incluido en esta constitución enviarlo a: seryfab47@gmail.com )

ARTICULO 1 .- La presente ley fundamental tiene como fin primordial proteger la vida de todos los seres que habitamos el planeta tierra

ARTICULO 2.- en concatenación con el articulo anterior, se debe entender que queda protegida la naturaleza en cualquiera de sus manifestaciones, ya sea el agua, el aire, la tierra, los animales , los seres humanos son el objeto primordial de protección referida en esta ley.

ARTICULO 3.- Todos los gobiernos del mundo están obligados a conciliar sus relaciones con la finalidad de acordar medidas que beneficien a toda la población del planeta y reafirmar la garantía de aplicación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y crear una sistematización coordinada, efectiva permanente y sostenible que les permita:

a) Aplicar normas, leyes y procedimientos dirigidos a rescatar y proteger la naturaleza de forma común

b) Promover una Declaración Universal de los Derechos de los Animales

c) Proteger y apoyar las comunidades indígenas y su cosmogonía como principales exponentes de la vinculación vital entre los seres humanos y la naturaleza

d) Unificar y actualizar las leyes normas y procedimientos dirigidos a la protección de la naturaleza, existentes en cada país

e) Considerar dentro de la Declaración Universal de los Derechos Humanos el derecho de los seres humanos a compartir con la naturaleza y fomentar esta relación vital

f) Evitar la participación de ideologías partidistas o particulares que desvíen o eviten el desarrollo de esta constitución

ARTICULO 4.- La población mundial tiene el derecho , democrático, a solicitar a sus gobernantes obedecer el mandato de esta constitución como una forma manifiesta de la capacidad y oportunidad de ejercer el poder del pueblo.

ARTICULO 5.- A partir de la aplicación de esta ley se debe derogar el nombre dado a los desechos considerados basura, en su lugar deben ser nombrados: Recurso Artificial Recuperable ( RAR )

ARTICULO 6 .- el turismo debe ser masificado, protegido y fomentado de forma sostenible con la finalidad de permitir a la población mundial la vinculación con sus semejantes y el medio ambiente en general

ARTICULO 7 .- El reciclaje y la Repotenciacion deben ser considerados factores económicos laborales que permitan la generación de una industria a partir del Recurso Artificial Recuperable y el uso de maquinaras y equipos considerados obsoletos o en desuso

ARTICULO 8 .- las áreas afectadas por las explotaciones mineras, madereras, agrícolas y todas aquellas que se hayan visto afectadas por la intervención del hombre deben ser rescatadas, paralelamente, con estas explotaciones, deben ser puestas en practica procesos de recuperación paralelos desde el inicio de estas explotaciones, aun aquellas que tengan tiempo en proceso

ARTICULO 9.- La naturaleza debe ser considerada base esencial de la ciencia y la tecnología

ARTICULO 10.- Todas las energías alternativas: solar, eólicas, térmicas, etc. así como sistemas biodigestores y otros que permitan mejorar las condiciones de vida de la población mundial, deben ser masificados o desarrollados a partir de las parroquias, con la finalidad de obtener energía eléctrica , gas metano entre otros que permitan abastecer a toda la población y tengan la oportunidad de participar en el desarrollo de los mismos

ARTICULO 11.- se debe considerar la recuperación del agua servida como una actividad vital para evitar el derrame en ríos, mares, lagos y lagunas y lograr un mayor y mejor aprovechamiento de este vital liquido

ARTICULO 12.- los gobiernos del mundo están obligados, por esta ley suprema, a llevar a cabo todas aquellas medidas, mandatos o indicaciones que emanan de esta constitución.
e sobre los seres vivos, aun desde los unicelulares, provocando efectos que dependen de cada individuo, su especie, y el modo de aprovechar esos elementos que nos ofrece la naturaleza para la subsistencia. Ningún país del planeta tierra puede subsistir sin aire, agua, el sol, la luna y, obviamente los alimentos, esta condición no puede ser aplicada a  unos países y otros no, por ejemplo los desarrolados y los no desarrollados, todos vivimos en territorios, demarcados políticamente con unos limites por demás absurdos, y todos necesitamos los mismos bienes de la naturaleza para subsistir.
A partir del reconocimiento de los derechos humanos, del contrato social al cual, ya desde nuestro nacimiento estamos sujetos, es oportuno crear una Constitución Ecológica Mundial la cual nos permita exigir a los gobernantes de turno nuestros derechos como miembros de un sistema, inevitablemente imprescindible para nuestra supervivencia y la de las generaciones futuras.
Dentro del contexto de la Homonatropia se mantiene la premisa, no solo de rescatar y proteger la naturaleza, también destacar aquellos principios, valores o condiciones que de algún modo nos beneficie a todos los seres humanos mas allá de criterios, ideas o condiciones meramente partidistas o de intereses particulares para luchar por el derecho de todos los seres humanos a coexistir en un planeta que se esta agotando por la condición de almacén que le han otorgado donde hasta el ser humano tiene un precio en el mercado.
Una constitución, del latin: Constitutio, onis, es decir, la Ley Fundamental, permite la participación colectiva de quienes habitamos en este planeta con la finalidad de legislar en un asunto de vital importancia y necesidad para nuestra existencia como lo es lo relacionado con la naturaleza. A pesar que existen legislaciones en cada país con la finalidad de regular la relación con la naturaleza, es de destacar que están mas enfocadas hacia la explotación de los bienes de la naturaleza, se deben celebrar estas iniciativas pero la afectación o daños a la naturaleza no tiene limites geográficos ni depende de un grupo humano en particular, es por ello que se hace necesario una
CONSTITUCIÓN ECOLÓGICA MUNDIAL QUE SIRVA DE ECO COMÚN. La idea no es crear un gobierno mundial, una hegemonía totalitaria de un país u organismo, se trata de desarrollar una ley que parta de los ciudadanos del mundo como una constituyente mundial 
( se invita a todas las personas interesadas que quieran redactar un articulo para ser incluido en esta constitución enviarlo a: seryfab47@gmail.com )
ARTICULO 1 .- La presente ley fundamental tiene como fin primordial proteger la vida de todos los seres que habitamos el planeta tierra
ARTICULO 2.- en concatenación con el articulo anterior, se debe entender que queda protegida la naturaleza en cualquiera de sus manifestaciones, ya sea el agua, el aire, la tierra, los animales , los seres humanos son el objeto primordial de protección referida en esta ley.
ARTICULO 3.- Todos los gobiernos del mundo están obligados a conciliar sus relaciones con la finalidad de acordar medidas que beneficien a toda la población del planeta y reafirmar la garantía de aplicación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y crear una sistematización coordinada, efectiva permanente y sostenible que les permita:
a) Aplicar normas, leyes y procedimientos dirigidos a rescatar y proteger la naturaleza de forma común
b) Promover una Declaración Universal de los Derechos de los Animales
c) Proteger y apoyar las comunidades indígenas y su cosmogonía como principales exponentes de la vinculación vital entre los seres humanos y la naturaleza
d) Unificar y actualizar las leyes normas y procedimientos dirigidos a la protección de la naturaleza, existentes en cada país
e) Considerar dentro de la Declaración Universal de los Derechos Humanos el derecho de los seres humanos a compartir con la naturaleza y fomentar esta relación vital
f) Evitar la participación de ideologías partidistas o particulares que desvíen o eviten el desarrollo de esta constitución
ARTICULO 4.- La población mundial tiene el derecho , democrático, a solicitar a sus gobernantes obedecer el mandato de esta constitución como una forma manifiesta de la capacidad y oportunidad de ejercer el poder del pueblo.
ARTICULO 5.- A partir de la aplicación de esta ley se debe derogar el nombre dado a los desechos considerados basura, en su lugar deben ser nombrados: Recurso Artificial Recuperable ( RAR )
ARTICULO 6 .- el turismo debe ser masificado, protegido y fomentado de forma sostenible con la finalidad de permitir a la población mundial la vinculación con sus semejantes y el medio ambiente en general
ARTICULO 7 .- El reciclaje y la Repotenciacion deben ser considerados factores económicos laborales que permitan la generación de una industria a partir del Recurso Artificial Recuperable y el uso de maquinaras y equipos considerados obsoletos o en desuso
ARTICULO 8 .- las áreas afectadas por las explotaciones mineras, madereras, agrícolas y todas aquellas que se hayan visto afectadas por la intervención del hombre deben ser rescatadas, paralelamente, con estas explotaciones, deben ser puestas en practica procesos de recuperación paralelos desde el inicio de estas explotaciones, aun aquellas que tengan tiempo en proceso
ARTICULO 9.- La naturaleza debe ser considerada base esencial de la ciencia y la tecnología
ARTICULO 10.- Todas las energías alternativas: solar, eólicas, térmicas, etc. así como sistemas biodigestores y otros que permitan mejorar las condiciones de vida de la población mundial, deben ser masificados o desarrollados a partir de las parroquias, con la finalidad de obtener energía eléctrica , gas metano entre otros que permitan abastecer a toda la población y tengan la oportunidad de participar en el desarrollo de los mismos
ARTICULO 11.- se debe considerar la recuperación del agua servida como una actividad vital para evitar el derrame en ríos, mares, lagos y lagunas y lograr un mayor y mejor aprovechamiento de este vital liquido
ARTICULO 12.- los gobiernos del mundo están obligados, por esta ley suprema, a llevar a cabo todas aquellas medidas, mandatos o indicaciones que emanan de esta constitución.






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