LEGISLACIÓN LABORAL HOMONATROPICA (AMPLIACION 1)
La Homonatropia plantea que "las leyes de la naturaleza son tan sencillas que dan vida...las del hombre solo sirven para regular su relación", esto se debe cambiar; debe plantearse un baremo que permita retomar el camino que nos permita extraer de la naturaleza lo que necesitamos pero a la vez aportarle parte de lo que nos ofrece.
Homonatropia es el estudio de las relaciones entre los seres humanos con la naturaleza y el trabajo con la finalidad de reducir el impacto sobre la naturaleza y lograr un avance que nos beneficie a ambos, a partir de esto nos debemos abocar a redefinir una serie de conceptos, principios, leyes, etc; dentro de estas leyes se encuentran las legislaciones laborales de cada país con la finalidad de adaptarlas. lo mas posible al planteamiento principal de la Homonatropia: "que den vida",para ello es necesario redimensionar sus principios e ideas básicas para alcanzar, en alguna medida esta meta.
PREÁMBULO
La Homonatropia profundiza en sus ideas y propuestas dirigidas a alcanzar un reordenamiento socio - laboral capaz de incidir en la naturaleza a través del establecimiento de estilos. modos y maneras de realizar la función laboral donde el sujeto logre los beneficios buscados, pero, a su vez, le pueda proporcionar un beneficio a la naturaleza al propiciar un balance que favorezca a ambos.
A partir de este principio se presenta a continuación LA LEGISLACIÓN LABORAL HOMONATROPICA cuyo articulado propicie, proponga y promueva acciones en el hecho educativo laboral capaces de reformular el hecho laboral, a través de métodos, procesos, técnicas que generen aportes para el bienestar de la naturaleza y del hombre.
A continuación de presentan una serie de artículos dirigidos, a su vez, a planificar, organizar y regular las relaciones humano - laborales dirigidas a la productividad bajo principios Homonatropicos.
Este articulado procura la vinculación del estado, las industrias y los sindicatos y demás asociaciones de trabajadores, con la finalidad de alcanzar un modo de vida mas digno para la humanidad y la naturaleza.
PREÁMBULO
La Homonatropia profundiza en sus ideas y propuestas dirigidas a alcanzar un reordenamiento socio - laboral capaz de incidir en la naturaleza a través del establecimiento de estilos. modos y maneras de realizar la función laboral donde el sujeto logre los beneficios buscados, pero, a su vez, le pueda proporcionar un beneficio a la naturaleza al propiciar un balance que favorezca a ambos.
A partir de este principio se presenta a continuación LA LEGISLACIÓN LABORAL HOMONATROPICA cuyo articulado propicie, proponga y promueva acciones en el hecho educativo laboral capaces de reformular el hecho laboral, a través de métodos, procesos, técnicas que generen aportes para el bienestar de la naturaleza y del hombre.
A continuación de presentan una serie de artículos dirigidos, a su vez, a planificar, organizar y regular las relaciones humano - laborales dirigidas a la productividad bajo principios Homonatropicos.
Este articulado procura la vinculación del estado, las industrias y los sindicatos y demás asociaciones de trabajadores, con la finalidad de alcanzar un modo de vida mas digno para la humanidad y la naturaleza.
Artículo 1.- La presente ley esta dirigida, en primera instancia, a todos y cada uno de los sujetos que realizamos una labor, de cualquier orden, debido a que siempre necesitamos de la naturaleza para realizar dicha labor y a pesar de lograr beneficios para los humanos se deben procurar beneficios para la naturaleza con la finalidad de rescatar y proteger las fuentes primarias que nos aporta el bienestar buscado.
Artículo 2 .- Toda organización laboral, industria o empresa, de cualquier orden, esta obligada a establecer métodos, técnicas y procesos que generen algún beneficio a la naturaleza
Artículo 3 .- Todo ser humano tiene la oportunidad y motivación para realizar cualquier labor, por ende el estado y las demás instituciones vinculadas con el desarrollo humano de las personas, deben propiciar fuentes que le permitan a los individuos obtener los beneficios esperados, ya sea bajo dependencia ajena o bajo su propia iniciativa y responsabilidad.
Artículo 4.- Toda persona o institución deben velar por el aporte a la naturaleza que se debe generar a partir de la acción laboral que se ejecute.
Artículo 5.- Los trabajadores y trabajadoras cumpliran jornadas entre seis y ocho horas diarias, según las exigencias del trabajo, ya sean diurnas o nocturnas.
Artículo 6.- Para el calculo del Producto Interno Bruto se tomará en cuenta tanto los bienes como los servicios y los trabajadores y trabajadoras que se dedican a una labor cualquiera esta sea que le permita al sujeto obtener un ingreso.
Artículo 7.- Los sueldos y salarios serán cancelados bajo un sistema monetario dedicado únicamente a cancelar el esfuerzo de los trabajadores y trabajadoras, el mismo será dirigido para alimentación, vivienda, educación y salud. Un procentaje del sueldo o salario puede ser convertido a la moneda de circulación establecida en el país; el sueldo o salario no estará sujeto a los cambios que ocurran en el sistema económico global
Artículo 5.- Los trabajadores y trabajadoras cumpliran jornadas entre seis y ocho horas diarias, según las exigencias del trabajo, ya sean diurnas o nocturnas.
Artículo 6.- Para el calculo del Producto Interno Bruto se tomará en cuenta tanto los bienes como los servicios y los trabajadores y trabajadoras que se dedican a una labor cualquiera esta sea que le permita al sujeto obtener un ingreso.
Artículo 7.- Los sueldos y salarios serán cancelados bajo un sistema monetario dedicado únicamente a cancelar el esfuerzo de los trabajadores y trabajadoras, el mismo será dirigido para alimentación, vivienda, educación y salud. Un procentaje del sueldo o salario puede ser convertido a la moneda de circulación establecida en el país; el sueldo o salario no estará sujeto a los cambios que ocurran en el sistema económico global
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